San Pedro Sula, Cortés. El Tribunal de Sentencia a través de la Sala V luego de deliberar y por unanimidad de votos: Falla: Declara culpable a José Olvin Rodríguez Nolasco a quien se le encontró responsable de dos delitos de actos de lujuria agravados en perjuicio de una menor de 8 años, de un acto de lujuria agravado en perjuicio de otra menor de 5 años de edad y de el ilícito penal de violencia intrafamiliar en perjuicio de su ex compañera de hogar.
En virtud del fallo, se mantiene la medida cautelar de la prisión preventiva y se estable la Audiencia de Individualización de la Pena Concreta para las 09:00 de la mañana del jueves 25 de febrero del presente año.
Hecho probado: Acciones denunciadas en el año 2015 y en ese momento las menores víctimas tenían edad esa de 5 y 2 años cuando fueron agredidas sexualmente por su padre. Las pruebas anticipadas rendidas por las menores afectadas de manera clara y precisa relataron las acciones de los tocamientos que sufrían. Así mismo los actos violentos y maltratos contra su madre y que la excompañera también denunció en su momento fueron tomados en cuenta aunque no había registros previos sobre denuncia o sentencia en materia de violencia doméstica, no obstante la legislación nacional como internacional permite que el agresor sea vinculado a dicho delito ante los testimonios de las menores hijas y la agredida.
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