Tras aportar pruebas periciales, audiovisuales, documentales y testificales en audiencia inicial, Fiscales de la Sección de Audiencias y Juicios de la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV) obtuvieron Auto de Formal Procesamiento con Prisión Preventiva en contra del ciudadano Samuel de Jesús Martínez Pinel (58) a quien se le sigue proceso penal por la muerte del Fiscal Eblin Orlan Macias Nolasco (53).

El Ministerio Público acusó a Martínez Pinel por suponerlo responsable de los delitos de homicidio con dolo eventual en perjuicio del Fiscal Macias Nolasco, conducción temeraria en perjuicio de la seguridad vial, daños a infraestructura o equipamiento en perjuicio del Ministerio Público, daños en perjuicio de un tercero y desobediencia en perjuicio del orden público, ilícitos que el juez ratificó y por los cuales determinó enviar al encausado a la cárcel de El Porvenir, Valle de Siria, Francisco Morazán.

Los hechos ocurrieron en la mañana del pasado viernes 28 de agosto, cuando Martínez Pinel, perdió el control de la camioneta marca Honda, color gris, placa PDG3139 mientras conducía ingerido de bebidas alcohólicas justo enfrente de la sede principal del MP atropellando al Fiscal del MP asignado a la Fiscalía Especial de la Mujer, abogado Eblin Orlan Macías Nolasco, cuando éste se disponía a abordar un vehículo para ir a cubrir una audiencia en los juzgados de la República.

Según las investigaciones realizadas por la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) y particularmente por la Sección de Investigaciones de Accidentes de Tránsito, el imputado, identificado como participante 1, conducía su vehícul marca honda, tipo camioneta, color oro placa PDG3139 por el costado derecho de la avenida República Dominicana, ubicada en la colonia Lomas del Guijarro de la capital, en dirección al norte, entre tanto que, el participante 2, identificado como peatón, es decir el Fiscal Elblin Orlan Macías Nolasco se disponía a abordar un automóvil estacionado en una bahía de seguridad frente al edificio principal del MP situado también en Lomas del Guijarro.

Continúa precisando el informe técnico que, “el participante 3, identificado como Gilberto Banegas se encontraba estacionado en un vehículo marca Toyota, color gris, para efectos técnicos identificado como vehículo número dos y el participante número 4, identificada como Soraya Rossangel Aceituno Vidaur que conducía su vehículo marca wolkswagen, color negro, placa HAK7708, para efectos técnicos, vehículo número 3 conducía a inmediaciones”.

Agrega el reporte que según la dinámica general del accidente “El participante número 1 traspasó el eje central demarcado con línea continua de la calzada, trayecto en el cual maniobró a su lado derecho atropellando con el vértice anterior derecho de su carrocería el plano posterior de la anatomía del participante 2 (hoy occiso), continuó su desplazamiento y colisionó con el vértice anterior derecho de su carrocería en el tercio medio del lateral izquierdo del automóvil 2”.

La descripción detallada del reporte técnico amplía circunstancias que determinan los daños en perjuicio de Soraya Rossangel Aceituno Vidaur quien conducía su vehículo y también fue afectada producto de la colisión.

Además, Fiscales con el apoyo de la Dirección de Medicina Forense precisan en el Requerimiento Fiscal que se realizó extracción de muestras de sangre y orina al imputado concluyendo la presencia de etanol con una concentración de 236.63 mg/100ml nivel que según la tabla oficial de toxicología presenta la siguiente sintomatología: mala respuesta motora y disminución de reflejos, mientras que en sangre se detectó la presencia de benzodiacepinas, medicamento que, puede lentificar el funcionamiento psicomotriz lo que puede contribuir a una mayor incidencia de accidentes.

El informe de investigación detalla los daños ocasionados, de igual forma precisa que el imputado con tarjeta de identidad No 0801-1962-00556 no tenía autorizada su circulación ello en atención a las disposiciones establecidas por las autoridades en relación a las medidas de control y bioseguridad a nivel nacional para evitar la propagación del COVID-19, razón por la cual incurre en el delito de desobediencia.

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