La Junta Nominadora (JN) anunció ayer jueves que extendió el plazo hasta el 4 de noviembre para que los postulantes a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) presenten las constancias originales que, al 31 de octubre, no se les haya logrado extender, por parte de las instituciones responsables de hacerlo.

A través de sus redes sociales, la JN compartió un acuerdo que establece que si para el momento de presentar su postulación, que vence el 31 de octubre de 2022, el aspirante no ha logrado obtener alguna constancia original, según lo establecido en la convocatoria publicada, podrán acreditar que han solicitado las mismas y que las instituciones responsables de hacerlo no las han extendido.

Además, señaló que, con dicha acreditación la Junta Nominadora recibirá la postulación. No obstante, las personas postulantes tendrán hasta el jueves 4 de noviembre del 2022, como plazo máximo para presentar las constancias originales.

Las mismas deberán ser presentadas en un horario de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde, en la sede de la Junta Nominadora donde el postulante presentó la documentación o en su defecto, en el lugar que este cuerpo colegiado designe.

Cronograma de la Junta Nominadora de la CSJ

Según su cronograma, este tercer ciclo contiene nueve fases, de las cuales se llevó a cabo o se están desarrollando tres: la convocatoria del 10 al 31 de octubre.

Posteriormente, inició la recepción de postulaciones del 14 de octubre al 1 de noviembre; así como la revisión documental y legal del 15 de octubre al 8 de noviembre.

Adicionalmente, se aplicarán las pruebas toxicológica, psicométrica y escrita de conocimientos jurídicos entre el 8 de noviembre al 24 de noviembre.

Finalmente, el lunes 16 de enero de 2023 elaborarán el listado final, con al menos 45 nombres, para remitirlo al Congreso Nacional un día después, es decir, es 17 de enero del próximo año.

Documentos a presentar

  • 1. Solicitud de postulación según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.
  • 2. Hoja de vida de postulante, según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.
  • 3. Certificación del acta de nacimiento del Registro Nacional de las Personas (RNP).
  • 4. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI).

Condición de salud, información profesional y académica

  • 5. Copia fotostática autenticada de los títulos de los grados académicos obtenidos (licenciatura, especialidad, maestría, doctorado, post doctorado), los cuales en los casos de ser extranjeros deben ir debidamente apostillados.
  • 6. Copia fotostática autenticada del título de Exequátur de Notario.
  • 7. Constancia con fecha de incorporación emitida por el Colegio de Abogados de Honduras. Según sea el caso deben presentar:

-Constancia del Poder Judicial que indique el cargo, las funciones y el tiempo en el cual se ha desempeñado, para acreditar la titularidad de un órgano jurisdiccional durante cinco años.

-Constancias de haber ejercido la profesión durante diez años, en cualquiera de los diferentes órganos jurisdiccionales del país.

-Constancia que demuestre el cargo y tiempo, emitidas por las instituciones públicas o privadas en las que se han desempeñado funciones legales, o instancias administrativas ante las que se ha comparecido, para acreditar el ejercicio de la profesión durante diez años.

Información financiera, patrimonial y fiscal

  • 8. Declaración patrimonial sobre sus bienes, derechos, posesorios y cuentas bancarias según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.
  • 9. Constancia de no ser concesionario del Estado de Honduras y de no haber sido representante legal de algún concesionario del Estado de Honduras por parte de la Superintendencia de Alianza Público Privado (SAAP).
  • 10. Constancia de no ser proveedor o contratista del Estado por parte de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE).
  • 11. Constancias de no tener cuentas pendientes con el Estado de Honduras por parte del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
  • 12. Constancia de ser: 1. Contribuyente y 2. No tener ninguna obligación fiscal pendiente y/o vencida con el Estado de Honduras emitida por el Servicio de Administración de Rentas (SAR).
  • 13. Solvencia municipal de 2022 de la Alcaldía, donde reside la persona postulante.

Información sobre ausencia de denuncias, procesos administrativos, penal, disciplinarios u otros

  • 14. Constancia de la Contraloría del Notariado de estar activo, solvente y carecer de sanción o de haber sido sancionado en el ejercicio del notariado.
  • 15. Constancia de solvencia emitida por el Colegio de Abogados de Honduras.
  • 16. Constancia de no haber sido sancionado o suspendido por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y no tener procesos pendientes en ese Tribunal.
  • 17. Constancia de no haber sido sancionado por faltas graves en los órganos disciplinarios de las instituciones u organizaciones en las que haya trabajado (según sea procedente).
  • 18. Constancia de no tener queja por violaciones a derechos humanos con responsabilidad ante el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras (Conadeh).
  • 19. Constancia de no haber sido condenado con sentencia firme en los Juzgados de Violencia Doméstica y de Familia por incumplimiento de deudas alimentarias.
  • 20. Constancia de no tener antecedentes penales.
  • 21. Constancia de no tener antecedentes policiales.
  • 22. Declaración jurada debidamente autenticada de no encontrarse comprendidos dentro de las inhabilidades contenidas en los artículos 225 y 310 de la Constitución de la República, del artículo 15 de la Ley Especial de la Junta Nominadora y de no ser parientes de la persona titular de la Presidencia de la República, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.