El decreto que otorga la facultad a los gobernadores departamentales de poder renombrar todas las plazas, calles o avenidas que posean el nombre de cualquier político fue aprobado por el Congreso Nacional de Honduras. Esta iniciativa fue presentada por el diputado de Libertad y Refundación (Libre) Mauricio Rivera, y fue aprobada en su tercer debate.
El decreto, el cuál reforma la Ley de Municipalidades, le otorga la facultad a los 18 gobernadores departamentales a que, a pedido de la sociedad civil, los alcaldes municipales o la población en general, puedan nombrar y renombrar las plazas, calles y avenidas comprendidas a lo interno de su departamento.
De igual manera, el decreto agrega una importante reforma a la Ley de Municipalidades, para que al momento de ejercer esta potestad deba de tomar en consideración una serie de directrices, las cuales son:
- El nombre de un educador que por su actuación sea merecedor de un reconocimiento público.
- El nombre de un prócer o persona vinculada por su obra, al progreso material, cultural o espiritual del país.
- El nombre de un lugar, un hecho o fecha en estrecha relación con la historia nacional.
- El nombre de un benefactor de la humanidad, personalidad de la ciencia, las artes o las letras o un héroe máximo de un país amigo.
- El nombre de una nación u organismo internacional que, por su acción, procura la paz, el progreso y el bienestar universal.
- El nombre de un organismo o institución nacional que por su apoyo a la obra educadora merezca esa distinción.
- El nombre de un vecino vinculado al progreso material, cultural o espiritual de una región nacional.
- Que los nombres correspondan a personas integras, honestas y honorables.
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